Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

El 26 de enero de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se expide la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (“Ley General de MASC”), y se reforma y adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.” 

La expedición de la Ley General de MASC implica un impulso relevante a los medios alternativos de solución de controversias en nuestro País y, seguramente ayudará a desahogar la carga de trabajo de los tribunales en beneficio de las partes en conflicto. 

Es de resaltarse que a la par de los procedimientos escritos comunes, con la nueva ley se busca impulsar también la solución de controversias en línea, al grado de incluir un capítulo expreso que la regula, dotando de opcionalidad y mayor seguridad jurídica a quienes lo soliciten. 

Otro aspecto relevante es que si bien la Ley General de MASC busca complementar los principios del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, también busca hacerlo en materia de justicia administrativa, cuestión innovadora en México. 

Algunos de los puntos más relevantes de la Ley General de MASC son: 

  • La creación de un Consejo Nacional de MASC, enfocado en políticas públicas relacionadas con dichos mecanismos, al igual que un Consejo Nacional enfocado enteramente en Justicia Administrativa.

  • Se crean los Centros de MASC, dotándolos del carácter de auxiliares tanto del Poder Judicial de la Federación como de los Poderes Judiciales de las entidades federativas, al igual que en materia administrativa.

  • El Poder Judicial de la Federación, el Congreso de la Unión y el Tribunal Federal de Justicia administrativa contarán con 180 días para emitir disposiciones y lineamientos que permitan la ejecución de la Ley General de MASC, desarrollando los principios y procedimientos de la misma.

En conclusión, se trata de un valioso impulso a la solución alternativa de controversias, que dota de flexibilidad a los procedimientos y privilegia la voluntad de las partes para explorar tales mecanismos al momento de resolver conflictos. 

En Sainz Abogados, quedamos a sus órdenes para atender cualquier duda relacionada con lo anterior, por conducto de nuestros socios en materia de solución de controversias.

Daniel A. Díaz A. (ddiaz@sainzmx.com)

Adrián Villagómez (avillagomez@sainzmx.com)

Federico Villela (fvillela@sainzmx.com)

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