Umbrales Actualizados para la Notificación de Concentraciones a la COFECE

Las Concentraciones, en términos de la Ley Federal de Competencia Económica (“LFCE”), son, en términos generales, aquellas fusiones, adquisiciones o actos a través de los cuales se unen dos o más agentes económicos.

Cuando el valor de las Concentraciones rebasa el valor de los umbrales establecidos por la LFCE —calculados con base en la Unidad de Medida y Actualización (“UMA”)—, por regla general (salvo por ciertas excepciones previstas en la LFCE y/o en las Disposiciones de Carácter General Aplicables a las Emisoras de Valores y otros Participantes del Mercado de Valores) se debe dar notificación a la COFECE, a fin de que ésta califique si dicha concentración tendrá efectos en el mercado relevante, o no.

En tal sentido, mediante publicación del 10 de enero del 2024 en el Diario Oficial de la Federación, se actualizó el valor de la UMA, equivalente a un monto diario de MXN$108.57.

Consecuentemente, ha cambiado el valor de los umbrales de notificación obligatoria de Concentraciones a la COFECE, debiéndose notificar los siguientes actos:

a)  Acto o sucesión de actos que les den origen, que importen en territorio nacional un monto superior a 18 millones de veces la UMA, esto es, MXN$1,954,260,000;

b) Acto o sucesión de actos que les den origen, que acumulen 35% o más de los activos/acciones del agente económico, cuyas ventas anuales o activos en territorio nacional superen 18 millones de veces la UMA, esto es, MXN$1,954,260,000;

c)  Acto o sucesión de actos que les den origen, que acumulen activos o capital social por un monto superior a 8,400,000 veces la UMA, esto es, MXN$911,988,000; y

d)  Acto o sucesión de actos que les den origen en los que participen dos o más Agentes Económicos, cuyas ventas anuales o activos en territorio nacional acumulen un monto superior a 48,000,000 veces la UMA, esto es, MXN$5,211,360,000.

Quedamos a sus órdenes para resolver cualquier duda relacionada.

Francisco Valdés López

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Santiago Alessio Robles

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